IMPORTANTE: Lea detenidamente el presente documento antes de contratar el servicio.
La contratación implica la aceptación íntegra de estos términos y condiciones.

1. Objeto del servicio

El presente servicio tiene por objeto la interposición masiva de Recurso de protección en contra de la Tesorería impugnando y atacando el procedimiento empleado por la misma respecto de demandas anunciadas desde el día 6 de abril de 2026.- 

2. Naturaleza y alcance del servicio

El servicio contratado corresponde a una gestión jurídica específica, cuyo alcance dependerá de la situación informada por la persona usuaria y de la estrategia definida por el Estudio conforme a los antecedentes proporcionados.

En particular, la persona usuaria declara conocer y aceptar que la estrategia podrá comprender una o ambas de las siguientes acciones:

2.1. La interposición de recurso de protección en contra de la Tesorería General de la República, fundado en el actuar arbitrario en el uso de su potestad administrativa y en la indebida aplicación de normas del Código Tributario. Recurso que tiene plazo de presentación de 30 días desde la notificación. 

2.2. La Apelación para aquellos casos en que el recurso de protección sea declarado inadmisible por la Corte en la que tiene competencia. 

La contratación de este servicio no implica por sí sola el patrocinio y poder judicial general para toda clase de actuaciones, ni supone la interposición de todas las acciones judiciales o administrativas posibles, sino únicamente aquellas gestiones expresamente comprendidas en el servicio contratado o informadas como parte de la estrategia definida por el Estudio.

3. Alcance de las gestiones y patrocinio

La persona usuaria declara conocer y aceptar que, según la naturaleza de la estrategia definida, el Estudio podrá preparar y presentar escritos, recursos u otras actuaciones de defensa que, en determinados casos, podrán presentarse sin patrocinio de abogado, cuando así lo permita la normativa o la naturaleza de la gestión respectiva.

En consecuencia, la contratación del servicio no importa necesariamente comparecencia judicial con patrocinio y poder, salvo que ello se indique expresamente en una contratación posterior o complementaria.

4. Presentación de recurso mediante Clave Única.

La persona usuaria declara conocer y aceptar que la presentación del recurso de protección podrá requerir el uso de su Clave Única u otro mecanismo de autenticación personal, según corresponda al sistema o plataforma en que deba efectuarse la gestión.

Para dichos efectos, la persona usuaria deberá colaborar oportunamente en la forma que el Estudio le indique, incluyendo, cuando sea necesario, la entrega de la información, validación, autenticación o uso de su Clave Única para materializar la presentación respectiva.

La persona usuaria declara conocer que, sin dicha colaboración, validación o autenticación, el Estudio podría verse impedido de presentar oportunamente la gestión correspondiente, sin responsabilidad para éste por las consecuencias derivadas de dicha falta de colaboración.

5. Responsabilidad sobre colaboración y antecedentes del cliente

La persona usuaria es responsable de mantener actualizados sus datos de contacto, revisar oportunamente sus canales de notificación y colaborar de manera diligente con la entrega de antecedentes, documentos, validaciones, autenticaciones y demás gestiones requeridas para la ejecución del servicio.

La demora, omisión o entrega incompleta de información por parte de la persona usuaria podrá afectar el desarrollo de la estrategia, los plazos disponibles o la eficacia de las gestiones encomendadas, liberando al Estudio de responsabilidad por los perjuicios que de ello pudieren derivarse.

6. Remisión de formularios, levantamiento de antecedentes y plazo de respuesta

Una vez gestionado el pago, el Estudio remitirá correo informando el protocolo de avances, debiendo el usuario remitir su información para efectos de redactar y elaborar su recurso en conjunto con el envío de documentos con los canales que le serán proporcionados.

Para dichos efectos, la persona usuaria deberá revisar activamente su correo electrónico y remitir la información y antecedentes solicitados en un plazo máximo de 24 horas contado desde el envío de la respectiva comunicación.

La persona usuaria declara conocer y aceptar que la falta de respuesta oportuna, el envío incompleto de antecedentes o la tardanza en la remisión de información podrá afectar la viabilidad, oportunidad o eficacia de las gestiones encomendadas.

7. Naturaleza de las medidas de defensa y ausencia de garantía de resultado

La persona usuaria declara conocer que las actuaciones contratadas constituyen medidas de defensa, suspensión, o resguardo, destinadas a ejercer derechos y plantear defensas frente al actuar que se estima arbitrario por parte de la autoridad, conforme al caso concreto.

Sin perjuicio de lo anterior, la contratación de este servicio no asegura un resultado determinado, no garantiza la suspensión definitiva del cobro, la acogida del recurso, la paralización permanente del procedimiento ni una resolución favorable por parte de la autoridad u organismo competente.

Asimismo, la persona usuaria declara conocer y aceptar que la interposición del escrito de oposición, de excepciones o del recurso de protección no significa la eliminación de la deuda, sino únicamente la adopción de medidas de defensa frente al actuar que se estima arbitrario o ilegal.

Del mismo modo, la persona usuaria declara conocer y aceptar que estas gestiones no tienen por objeto perseguir la prescripción de la deuda, atendido que se trata de una obligación cuyo régimen jurídico ha sido informado como imprescriptible para estos efectos.

Toda gestión jurídica está sujeta a la apreciación y resolución de terceros, incluyendo autoridades administrativas, tribunales u organismos públicos.

8. Limitación del servicio

Salvo estipulación expresa en contrario, este servicio no incluye seguimiento indefinido del procedimiento, recursos adicionales no contemplados inicialmente, comparecencia judicial general con patrocinio y poder, asesorías ilimitadas, revisiones de otras causas o materias, ni nuevas presentaciones distintas de aquellas comprendidas en la estrategia inicialmente informada.

Cualquier gestión posterior, complementaria o diversa podrá requerir una nueva contratación.

9. Comunicaciones oficiales y canal de contacto

La persona usuaria declara que toda la información y antecedentes proporcionados al Estudio son veraces, completos y actuales. En especial, el correo electrónico que informe al momento de la contratación o durante la ejecución del servicio será considerado como su correo oficial para efectos de recibir comunicaciones, solicitudes de antecedentes, instrucciones, observaciones, avisos y demás información relacionada con la prestación contratada.

La persona usuaria declara conocer y aceptar que el Estudio informará oportunamente cuál será el medio oficial de comunicación y el o la abogada a cargo a quien podrán dirigirse las consultas relativas al servicio contratado.

Sin perjuicio de ello, dicho canal de contacto no constituye una vía abierta para asesorías adicionales, revisiones de materias distintas, nuevas estrategias, análisis complementarios ni consultas ajenas al encargo específico contratado.

La persona usuaria será responsable de revisar periódicamente su correo electrónico y demás canales oficiales que se le informen, así como de comunicar cualquier cambio de datos de contacto de manera oportuna.

10. Confidencialidad y uso de la información

La información y antecedentes proporcionados por la persona usuaria serán utilizados por el Estudio exclusivamente para la ejecución del servicio contratado, resguardándose su tratamiento conforme a la normativa aplicable y a los deberes de reserva propios del ejercicio profesional.

Sin perjuicio de lo anterior, la persona usuaria autoriza el tratamiento de los antecedentes estrictamente necesarios para la preparación, presentación y seguimiento de las gestiones comprendidas en la estrategia definida, incluyendo su eventual remisión a tribunales, organismos públicos, plataformas digitales o terceros intervinientes cuando ello resulte indispensable para la correcta prestación del servicio.

11. Desistimiento, suspensión del servicio y no devolución de honorarios

La persona usuaria declara conocer y aceptar que, una vez efectuado el pago y dado inicio al análisis de antecedentes, revisión de documentos, levantamiento de información, preparación de formularios, definición de estrategia, redacción de escritos, recursos, oposiciones, excepciones u otras gestiones comprendidas en el servicio contratado, los honorarios se entenderán devengados en razón de la labor profesional efectivamente ejecutada por el Estudio.

En consecuencia, si la persona usuaria decide desistirse del servicio una vez iniciadas dichas gestiones, no remite oportunamente los antecedentes solicitados, no colabora con las validaciones, autenticaciones o actuaciones requeridas, no facilita el uso de Clave Única u otro mecanismo necesario para la presentación respectiva, o incurre en cualquier conducta que impida, retrase o torne inoficiosa la ejecución de la estrategia definida, el Estudio podrá suspender o poner término a la prestación del servicio, sin responsabilidad para éste y sin obligación de restitución total de los montos pagados.

Sin perjuicio de lo anterior, el Estudio podrá evaluar, de manera excepcional y caso a caso, la procedencia de una devolución parcial únicamente respecto de actuaciones no iniciadas, descontando en todo evento el valor correspondiente al tiempo profesional invertido, el análisis realizado, los documentos preparados y las demás gestiones ya ejecutadas.

12. Aceptación

La contratación del servicio y la aceptación de estos términos implican que la persona usuaria declara haber leído, comprendido y aceptado íntegramente su contenido, especialmente en cuanto a:

a. La naturaleza limitada del servicio contratado.

b. La posibilidad de interposición de recurso de protección y/o escrito de oposición o excepción, según corresponda.

c. La eventual necesidad de uso, validación o colaboración mediante Clave Única para ciertas presentaciones.

d. La remisión posterior de formularios y solicitudes de antecedentes, los que deberán ser respondidos oportunamente.

e. El hecho de que las respuestas de la Tesorería General de la República podrán ser notificadas directamente a su persona.

f. La inexistencia de garantía de resultado.

g. Que las medidas contratadas no eliminan la deuda ni persiguen su prescripción, sino que corresponden a mecanismos de defensa frente al actuar que se estima arbitrario.